Buenas tardes a tod@s,
Una de las cosas, que como consejeros, hemos tenido que incorporar a las visitas técnicas a nuestras empresas, a los cursos de formación para operadores, a los procedimientos de mercancías peligrosas, incluso, detenernos con los profesionales del transporte que se acercan a prestar servicio a nuestros clientes, tratar el tema de la estiba, derivado del nuevo escenario del Real Decreto 563/2017, puesto que reparte responsabilidades entre todos los participantes, en función del papel que desarrollen.
A la espera de la evolución pragmática de la norma en los sectores en los que esta implicada, sería deseable que las autoridades competentes en la materia, llegasen a un acuerdo, sobre las sanciones, y aprovechando la necesidad de reformar el ROTT, el Regimen sancionador de transportes, y otras cosas, se pusiese a la estiba de la mercancía convencional, y especialmente a las peligrosas, en el mismo nivel que las sanciones de exceso de peso, lo que implicaría de forma clara a todos los participantes, y del mismo modo, que casi todo el mundo se cuida, de no sacar más de 40, ó 41 Toneledas, todos los implicados, se cuidarían de aplicar procedimientos de estiba.
Además de practicar los principios de cálculo, de forma sencilla, coeficiente de rozamiento, medición de angulos, calculos del número de eslingas, etc, estamos incorporando un principio de listas de chequeo especificas para la estiba de mercancías, con la participación de los operadores de ADR y de los conductores, coordinando ambos los metodos y adaptándolos a las mercancías transportadas.
En fin, que seguimos en la batalla, un saludo a tod@s,
Vicente Dopico Paz,
Consejero de Seguridad en ADR/RID.
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