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martes, 14 de julio de 2020
Semanas de inicio de actividades de formación: Cursos de Consejeros, Curso de Obtención de ADR, Prácticas de Incendios, ...
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martes, 7 de julio de 2020
21ª Convocatoria del Curso de Consejero de Seguridad en ADR y RID, 2020
El objetivo del curso es preparar a los alumnos para la obtención del certificado de consejero de seguridad del examen de la Xunta de Galicia, con fecha probable a lo largo de Noviembre de 2020.
Se entregará
a cada alumno, un ejemplar del ADR, y para aquellos que se examinen del
RID, el correspondiente a Ferrocarril, así como un glosario con la
legislación vigente de mercancías peligrosas, junto con un kit de
trabajo para el curso.
Las clases tendrán lugar en Narón, todos lo martes, desde el 7 de julio, y en Santiago, todos los miércoles, desde el 8 de julio, hasta la fecha del examen. Salvando las dos semanas centrales de Agosto.
Curso presencial, y evidentemente práctico, incidiendo en el manejo de la norma, para la preparación del examen de obtención o renovación, según cada caso.
El precio del curso, será de 1000 €, para alumnos de obtención, y de 800 €, para alumnos de renovación, pudiendo realizarse la bonificación a través de la formación continua bonificada.
Este sería la 21ª convocatoria del Curso de Consejeros de Seguridad, lo que nos ha hecho afortunados, en cuanto a número de alumnos, aprobados, experiencia adquirida, grupo formados, etc. Este curso, permite al alumno, mantenerse informado, durante los siguientes ejercicios, dentro de un grupo de información compartida con otros alumnos, de más de 100 profesionales, donde plantear dudas, problemas, iniciativas, para ir mejorando progresivamente, la implantación de todo aquello relacionado con las mercancías peligrosas, y el Consejero de Seguridad.
Los medios donde podéis ampliar información de esta convocatoria son a través de nuestros teléfonos: 981391286/685508834 o en el correo electrónico: forgatrans@forgatrans.net.
Un saludo, y esperamos que la información os resulte interesante, quedamos a vuestra disposición.
Vicente Dopico Paz,
Consejeros de Seguridad y Formador de mercancías peligrosas.
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miércoles, 13 de mayo de 2020
¿Que revisar durante una Visita Técnica?
El artículo 31
del Real decreto 97/2014, establece la obligación por parte del consejero de
seguridad de realizar las Visitas Técnicas durante el año en curso, con
el objeto de verificar las condiciones de seguridad en las instalaciones,
donde se realizan tareas con mercancías peligrosas
Por otro lado,
las disposiciones del 1.8.3 del ADR 2019, nos indican la obligación del
consejero de seguridad de ayudar en la prevención de riesgos para las personas,
los bienes o el medio ambiente, en aquellas actividades relacionadas con
mercancías peligrosas.
Y aquí, es
donde empiezan, las interpretaciones, ¿debemos como consejeros de seguridad, verificar
el cumplimiento de las normativas de almacenamiento, de las mercancías
peligrosas dentro de la empresa?
Las
transiciones, entre las distintas normas, no son nunca fronteras absolutas, sino
que, tanto el conjunto de operaciones de transporte y suministro de mercancías
peligrosas, como su almacenamiento dentro de los recintos de las empresas, están
íntimamente relacionados, especialmente
en aquellos aspectos, que tienen que ver con la seguridad.
Pongamos un
ejemplo práctico:
Si yo me
encuentro con una ducha lavaojos, que conforme el Real decreto 656/2017,
debe estar situada en un entorno aproximado de 10 metros, de la zona de
manipulación de las mercancías peligrosas, y que este dispositivo de
protección, tanto para el operador de descarga como para el conductor, de
forma clara y visual no alcanza los parámetros de funcionamiento: 60 litros x minuto.
Debería de
formar parte de mi informe de visita técnica, dicha condición, para que la
persona responsable del centro de trabajo, conforme al artículo 32.3, pueda
tomar las medidas técnicas o informar a su estructura, del incumplimiento
normativa detectado, puesto que se trata de un desvío de las condiciones de
seguridad de las instalaciones.
Son, estos aspectos
complementarios, de otras normativas paralelas, que inciden en la seguridad, los
que como consejeros de seguridad, deben de formar parte de nuestras tareas, puesto
que, redundan en la minimización de las consecuencias de cualquier accidente que
se pueda producir.
Un saludo a
tod@s, y perdonar que os tengamos tan abandonado,
Vicente Dopico.
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